Miembros de Mesa
Manual para Miembros de Mesa receptora de votos.
La mesa receptora de votos es la encargada de recibir los votos de los electores durante los comicios. En el día de las elecciones, tiene la función de realizar los trámites necesarios para hacer efectivo el derecho al sufragio de los ciudadanos.

Los miembros de las mesas receptoras de votos actuaran con entera independencia de toda autoridad y no obedecerán orden alguna que les impida el ejercicio de sus funciones. (Art. 175, C.E.)
Su labor es de gran importancia para garantizar el buen desarrollo, la corrección y la transparencia del acto eleccionario. Constituye un ejemplo de participación y control democrático por parte de los ciudadanos.

Los miembros de mesa son la máxima autoridad electoral de la mesa en la que actúan. Son los únicos que tienen la atribución de decidir en el acto sobre las reclamaciones, impugnaciones, consultas y dudas que se presenten durante la jornada electoral y de mantener el orden en el lugar del sufragio.


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