Proceso Electoral
El Proceso Electoral es el tiempo transcurrido entre la convocatoria a elección y la proclamación de las autoridades electas y dentro del cual se producen una serie de actos secuenciales de conformidad a la norma legal.
Dentro del Proceso Electoral, se dan una serie de hechos correlativos con características propias y reguladas por la ley, que consisten en la preparación, ejecución, control, hasta la proclamación de los resultados. Es por ello que los órganos administradores del proceso electoral, dado el carácter democrático del mismo, deben cumplir con todo lo establecido en la norma electoral vigente.
La Elección Democrática
La democracia es una forma de gobierno, y tanto en el Estado como en las organizaciones intermedias, la soberanía reside, respectivamente, en el pueblo y en los miembros, que eligen a sus representantes o autoridades a través del voto.
Condiciones para que hayan elecciones democráticas
Es importante que todas las organizaciones intermedias adecuen sus estatutos o reglamento electoral a las siguientes condiciones:
La Convocatoria:
Garantizando así:
Autoridades de las organizaciones intermedias
Se recomienda que en los estatutos de las organizaciones intermedias estén contempladas las siguientes autoridades y sus respectivas funciones:
Los miembros de la Comisión Directiva serán elegidos en comicios directos por los miembros de la organización, por medio del sistema de listas cerradas desbloqueadas. Para distribuir los escaños, se aplicará el sistema D’Hondt, y se aplicará el voto preferente para los candidatos titulares a los cargos pluripersonales. La lista de suplentes se mantiene con el sistema cerradas y bloqueadas; o sea se mantiene el orden inicial presentado ante el TEI por el Movimiento o Lista.
Para el mejor cumplimiento de sus funciones, la Comisión Directiva se organizará en Secretarias o Comisiones, o miembros titulares y suplentes. (ej.: Secretaría de Finanzas o Tesorería, Secretaría de Acción Social, etc.). Algunas de estas Secretarías o Comisiones contarán con un miembro adjunto (ej.: Tesorero y Vicetesorero).
En la primera reunión, la Comisión Directiva electa deberá elegir entre sus miembros las distintas Secretarías o Comisiones, por mayoría simple de votos.
Tribunal/Colegio/Junta Electoral Independiente
Estructura
¿Qué es un Tribunal, Comité, Colegio o Junta Electoral?
¿Cómo se constituye?
El organismo electoral puede conformarse mediante elección directa en
la misma elección donde se eligen autoridades y en Asambleas
Extraordinarias o por mandato de la Comisión Directiva en caso de
acefalia o que no esté prevista la figura del TEI dentro del Estatuto
Social o Reglamento Electoral. Se sugiere que no tenga más de 5 (cinco)
miembros; como toma sus decisiones por mayoría simple, es importante que
su número de miembros sea impar.
Si el órgano electoral se conforma por primera vez, es conveniente
hacerlo por consenso de todas las listas participantes, en forma
transitoria para la elección en cuestión, y establecer que, en esa misma
elección, se elija a los nuevos miembros para las futuras elecciones.
Funciones
¿Qué es el padrón?
Es la lista general de los electores legalmente habilitados para emitir el sufragio –votar- en una elección determinada.
¿Cómo se forma?
En el caso de las organizaciones intermedias, el padrón se forma a partir de la lista de miembros de la organización. El organismo electoral independiente la solicitará a la Comisión Directiva (en el caso de los estudiantes, la solicitará a la Dirección de la Institución Educativa). Con esa lista, se constituirá un pre-padrón, considerando que los requisitos deben estar previstos en el estatuto social y el reglamento electoral:
El órgano electoral independiente debe habilitar un periodo de tachas y reclamos para que el pre-padrón pueda ser controlado y verificado por todos los movimientos que participan en dicha elección, además de los miembros que se sientan afectados.
El órgano electoral independiente debe resolver en un plazo determinado la validez o rechazo de las presentaciones.
Conviene que, cuando se hayan resuelto estos casos, se den a publicidad los datos del padrón definitivo (cantidad de votantes por mesa, total de votantes, cantidad de mesas de votación que se van a habilitar, etc.).
Ejemplo de Padrón Electoral:
ASENTAMIENTO "8 DE DICIEMBRE" - LAMBARÉ
Tribunal Electoral Independiente
Elección de Autoridades
Domingo, 20 de Diciembre del 2009
PADRÓN ELECTORAL - MESA Nº : 1 | |||
---|---|---|---|
Nº | Apellidos / Nombres | C.I. Nº | Votó |
1 | ACOSTA CENTURIÓN, EDUVIGIS | 1.159.723 | |
2 | ACOSTA FERNÁNDEZ, NICOLÁS | 1.675.104 | |
3 | ACOSTA GÓMEZ, OSCAR LUIS | 760.014 | |
4 | ACOSTA, MARGARITA | 1.105.486 | |
5 | ACUÑA CÁRDENAS, JUAN NICOLÁS | 1.354.718 | |
6 | ACUÑA MEDINA, WILFRIDO | 2.170.836 | |
7 | ACUÑA, FELIPE | 2.236.108 | |
8 | AGUAYO AYALA, CÁNDIDO | 3.765.663 | |
9 | AGUILERA GARCÍA, LIDUVINA | 326.544 | |
10 | AGUILERA GONZÁLEZ, TEODOCIA | 672.092 |
Obs; Al momento de presentar el calendario electoral en las oficinas de Servicios Electorales, realizarlos en formato Excel, en CD o Pendrive.
Nombre de la organización
Tribunal Electoral Independiente (TEI)
Modelo de Calendario Electoral
P R O C E S O | INICIO | LIMITE |
---|---|---|
CONVOCATORIA A ELECCIONES | 30 días | Día "D" |
PADRON ELECTORAL | ||
* Manifiesto del Pre - Padrón e Inscripción de Apoderados de Movimientos y/o candidaturas a participar | 30 días | 25 días antes |
* Tachas y Reclamos al Pre - Padrón | 24 días | 22 días antes |
* Notificación de Tachas y Reclamos | 21 días | 20 días antes |
* Contestación de Tachas | 19 días | 19 días antes |
* Resolución de Tachas y Reclamos y Oficialización del Padrón | 18 días | 17 días antes |
* Entrega del Padrón Oficial de Electores | 16 días | 16 días antes |
CANDIDATURAS | ||
* Presentacion de Lista de Candidaturas | 15 días | 13 días antes |
* Adjudicación de Números de Listas | 12 días | 12 días antes |
* Manifiesto de Candidaturas | 12 días | 11 días antes |
* Tachas e Impugnaciones de Candidaturas | 10 días | 9 días antes |
* Traslado de Tachas e Impugnaciones | 8 días | 8 días antes |
* Presentación de Alegatos contra Tachas e Impugnaciones | 7 días | 6 días antes |
* Resolución de Tachas e Impugnaciones y Oficialización de Candidaturas | 5 días | 5 días antes |
* Propaganda Electoral | 30 días | 2 días antes |
AGENTES ELECTORALES | ||
* Presentación a Miembros de Mesa ante el TEI. | 4 días | 4 días antes |
* Designación a Miembros de Mesa y Veedores | 3 días | 3 días antes |
* Capacitación a Miembros de Mesa y Veedores | 2 días | 2 días antes |
ELECCION DE AUTORIDADES | ||
* Fecha de Elección de Autoridades | DIA "D" |
|
* Proclamación de Autoridades Electas |
Nombre de la organización
Tribunal Electoral Independiente (TEI)
Modelo de Calendario Electoral
P R O C E S O | FECHA INICIO | FECHA LIMITE |
CONVOCATORIA A ELECCIONES | ||
PADRON ELECTORAL |
||
PERIODO DE: | ||
* Manifiesto del Pre - Padrón e Inscripción de Apoderados de Movimientos a participar | ||
* Tachas y Reclamos al Pre - Padrón | ||
* Notificación de Tachas y Reclamos | ||
* Contestación de Tachas | ||
* Resolución de Tachas y Reclamos y Oficialización del Padrón | ||
* Entrega del Padrón Oficial de Electores | ||
CANDIDATURAS |
||
PERIODO DE: | ||
* Presentacion de Lista de Candidaturas | ||
* Adjudicación de Números de Listas | ||
* Manifiesto de Candidaturas | ||
* Tachas e Impugnaciones de Candidaturas | ||
* Traslado de Tachas e Impugnaciones | ||
* Presentación de Alegatos contra Tachas e Impugnaciones | ||
* Resolución de Tachas e Impugnaciones | ||
* Oficialización de Candidaturas | ||
* Propaganda Electoral | ||
AGENTES ELECTORALES |
||
PERIODO DE: | ||
* Presentación a Miembros de Mesa ante el TEI. | ||
* Designación a Miembros de Mesa y Veedores | ||
* Capacitación a Miembros de Mesa y Veedores | ||
ELECCION DE AUTORIDADES |
DIA "D" | |
* Fecha de Elección de Autoridades | ||
* Proclamación de Autoridades Electas |
Importancia y función del calendario electoral dentro del proceso electoral en organizaciones intermedias.
La elaboración del Calendario Electoral está a cargo de los Miembros del Tribunal Electoral Independiente de cada Organización Intermedia, ya que esta es una de las funciones principales de los mismos.
El TEI debe elaborar dicho calendario de acuerdo a lo establecido en cada Estatuto Social, ya que en ellos generalmente se establecen los períodos dentro del cual se debe convocar a elecciones de nuevas autoridades.
La importancia del calendario Electoral radica que en él se establecen los plazos para la serie de actos y hechos correlativos, que poseen características propias y reguladas por la Ley 834/96, que irán sucediendo consistente en la preparación, ejecución y control del proceso, hasta la proclamación de las autoridades electas. Este calendario electoral inicia con la convocatoria a elecciones y concluye con la proclamación de las nuevas autoridades.
Con el Calendario electoral el TEI busca la transparencia para llevar adelante un buen Proceso Electoral y que las elecciones sean democráticas, participativa, representativas y que la figura del órgano Electoral (TEI) tenga la credibilidad por parte de los integrantes de la organización.
El Calendario o Cronograma Electoral consta de seis partes fundamentales para el desarrollo del proceso electoral y son las siguientes:
Pasamos a dar una breve explicación sobre cada una de ellas y los hechos y actos que se llevan a cabo dentro de cada una:
PRIMERA ETAPA
SEGUNDA ETAPA
TERCERA ETAPA
CUARTA PARTE
QUINTA PARTE
SEXTA PARTE
CANDIDATOS DE LA (Siglas de la organización)
Nombre de la Organización:
Movimiento:
Lista:
LISTA DE CANDIDATOS
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
Presidente: | ||
Vicepresidente: |
COMISIÓN DIRECTIVA
MIEMBROS TITULARES |
||
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
1- | ||
2- | ||
3- | ||
4- | ||
5- | ||
6- | ||
7- | ||
8- | ||
9- | ||
10- | ||
MIEMBROS SUPLENTES | ||
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
1- | ||
2- | ||
3- | ||
4- | ||
5- | ||
SINDICO |
||
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
Síndico Titular | ||
Síndico Suplente |
TRIBUNAL ELECTORAL INDEPENDIENTE
MIEMBROS TITULARES | ||
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
1- | ||
2- | ||
3- | ||
MIEMBROS SUPLENTES | ||
NOMBRE Y APELLIDO | C.I. Nº | FIRMA |
1- | ||
2- | ||
3- |
APODERADO
C.I.N°
OBSERVACION: Adjuntar fotocopia de Cédula de Identidad de los candidatos. Los candidatos deben firmar este listado. Los candidatos deben figurar en el padrón electoral.
Ley N° 6318/2019 Que modifica la Ley N° 834/96
Que establece el Código Electoral Paraguayo, modificado por la Ley N° 3166/07, que modifica los Art. 106, 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley N° 834/96; “Que establece el Código Electoral Paraguayo, e incorpora el sistema de listas cerradas, desbloqueadas y de representación proporcional para cargos pluripersonales”.
Artículo 1°.- Modificase los Artículos 241, 247, 249, 250 y 258, de la Ley N° 834/96 “QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”.
Artículo 258 - Los convencionales constituyentes, senadores, diputados y parlamentarios del Mercosur, así como los miembros de las Juntas Departamentales y Municipales, serán electos en comicios directos, sobre la base del sistema proporcional, en listas completas, cerradas y desbloqueadas.
Para el efecto, el elector votará al candidato de su preferencia dentro de la casilla del Partido, Movimiento Político, Concertación o Alianza de su preferencia.
El voto consignado para el candidato de su preferencia se establecerá conforme a las reglas de la mayoría simple el orden que este ocupará dentro de la lista del Partido, Movimiento Político, Concertación o Alianza.
En caso de empate entre candidatos votados de manera preferencial dentro de una misma lista, la cuestión se definirá en favor del orden inicial propuesto por el Partido, Movimiento, Concertación o Alianza respectivo.
En caso de que la cantidad de candidatos individualmente elegidos mediante el voto preferencial no alcance para llenar el número de bancas o escaños obtenidos por el Partido, Movimiento, Concertación o Alianza respectivo; los lugares faltantes serán llenados con los nombres propuestos por la lista original, según el orden en ella establecido, excluyendo, los de aquellos que hayan obtenido votos preferenciales.
Del mismo modo los votos preferenciales totales de cada lista, establecerá la cantidad de escaños que obtendrá el Partido, Movimiento, Concertación o Alianza respectiva, en la elección que corresponda para las candidaturas pluripersonales.
Una vez obtenido el orden de la lista de los candidatos más votados dentro de las listas de cada Partido, Movimiento, Concertación o Alianza respectiva, se determinará la cantidad de escaños que les corresponde a cada lista, conforme con el sistema D´Hondt.
El voto preferencial emitido a favor de cualquiera de los candidatos de la lista se computará también para la lista de candidatos suplentes conforme a la propuesta formulada por el Partido, Movimiento, Concertación o Alianza Política.
El presente sistema de votación y asignación de bancas o escaños para cargos electivos de cuerpos colegiados será de aplicación obligatoria en las elecciones internas de los Partidos, Movimientos Políticas, u otras organizaciones similares, y en las elecciones generales.
“Este procedimiento será utilizado, también con carácter obligatorio en las elecciones de candidaturas pluripersonales de las organizaciones intermedias”.
DIFERENCIA ENTRE LISTA CERRADA Y BLOQUEADA Y LISTA CERRADA Y DESBLOQUEADA
LISTA CERRADA Y BLOQUEADA:
El Elector solo tiene la oportunidad de votar por la lista como se la presenta, el orden de los candidatos no varia en la distribución proporcional.
LISTA CERRADA Y DESBLOQUEADA:
El Elector tiene derecho a un voto preferencial por cualquier candidato de la lista pudiendo variar el orden de la lista inicial, el voto por el candidato también suma a la Lista para la distribución proporcional.
De la Distribución de escaños
El sistema D´Hondt, consiste en lo siguiente:
División por:
Movimientos ó Lista | Votos obtenidos | 1 | 2 | 3 | 4 |
---|---|---|---|---|---|
Lista "A" | 168.000 | 168.000 | 84.000 | 56.000 | 42.000 |
Lista "B" | 104.000 | 104.000 | 52.000 | 34.666 | 26.000 |
Lista "C" | 72.000 | 72.000 | 36.000 | 24.000 | 18.000 |
Los escaños se atribuyen a las LISTAS que hubieran obtenido los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente.
EJEMPLO EN ORGANIZACIONES INTERMEDIAS CON BOLETINES DE VOTO:
Lista "A" | Lista "B" | Lista "C" |
---|---|---|
Candidatos Miembros Titulares | Candidatos Miembros Titulares | Candidatos Miembros Titulares |
1 - Carlos Gamarra | 1 - Cesar Ramírez | 1 - Carlos Bonnet |
2 - Lorena Arriola | 2 - Larizza Segovia | 2 - Andrea Reyes |
3 - Patricia Sosa | 3 - José Riveros | 3 - Ricardo Rojas |
4 - Guillermo González | 4 - Cesar Sánchez | 4 - Lucia Giménez |
Candidatos a Miembros Suplentes | Candidatos a Miembros Suplentes | Candidatos a Miembros Suplentes |
1 - Nelson Acuña | 1 - Juan Samudio | 1 - Shirley Prieto |
2 - Jazmín Barrios | 2 - Julio Torres | 2 - Diana Ojeda |
3 - Pedro Samaniego | 3 - Raúl Román | 3 - Rossana Barrios |
Una vez que aplicado el Sistema D´Hondt (ejemplo del recuadro), las listas obtuvieron la siguiente cantidad de votos (se suma todos los votos preferentes obtenidos por los candidatos de cada lista o movimiento):
Según el resultado corresponde a cada lista la cantidad de:
NUEVOS MIEMBROS TITULARES Y SUPLENTES DE LA COMISIÓN DIRECTIVA
Miembros Titulares |
Miembros Suplentes |
|
Nelson Acuña |
|
Juan Samudio |
|
Jazmín Barrios |
|
Shirley Prieto |
6. PARA LOS MIEMBROS SUPLENTES NO SE APLICA EL DESBLOQUEO DE LISTA, POR TANTO, QUEDAN EN EL ORDEN PROPUESTO POR LAS LISTAS O MOVIMIENTOS.
MODELO DE CONVOCATORIA A ELECCIONES – ORGANO ELECTORAL
Asunción, de mayo de 2…
“POR LA QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN DE NUEVAS AUTORIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS DEL COLEGIO………………..”
RESOLUCIÓN N°: 01/2018
VISTO:
La convocatoria a Asamblea General Ordinaria realizada por la Comisión Provisoria de la Asociación de Ex alumnos/as del Colegio …………………………………….., a llevarse a cabo en las instalaciones del ………………………………………….., sito en …………………………………., el día ………………a las …………horas;-
CONSIDERANDO:
QUE, EL Tribunal Electoral Independiente, integrado por: …………………………………………………….., tienen la función de llevar adelante el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades de la Asociación de Ex Alumnos/as del Colegio…………………………………., así como lo establece el artículo ……… del Estatuto Social;
RESUELVE:
* Un Presidente
* Un Vicepresidente
* …….Miembros Titulares y ……. Miembros suplentes para la Comisión Directiva, APLICANDO LA LISTA CERRADA DESBLOQUEADA Y CON VOTO PREFERENTE.
* Un síndico titular y un síndico suplente.
* Tres miembros titulares y tres miembros suplentes para el Tribunal Electoral Independiente, APLICANDO LA LISTA CERRADA DESBLOQUEADA Y CON VOTO PREFERENTE.
Ante nosotros.