Registros Electorales

Composición (Art.25)

Un Director y un Vice Director designados por el TSJE.

Funciones (Art.26)

  • Inscripción de los paraguayos en edad electoral y de extranjeros habilitados para votar.
  • Confección del Registro Cívico Permanente.
  • Confección de Padrones Electorales y envio a sus lugares de utilización.
  • Cumplir las sentencias judiciales de inhabilitación política y llevar registros de ellas.
  • Proveer útiles necesarios para las elecciones.
  • Registrar los padrones de los partidos, movimientos y alianzas políticas.

Oficinas Distritales (Art.28)

Cuenta con Oficinas en todos los distritos del país.

Otras Obligaciones (Art.27,28,30)

  • Administración conjunta de la emisión, distribución y control de Cédulas de Identidad.
  • Permitirá el acceso a los partidos y movimientos políticos a las informaciones necesarias para su mejor control.
  • Administración conjunta del Registro Civil.

Composición Actual

  • Director
    Lic. Jorge Acosta
  • Vice Director
    Sr. Manuel Francisco Morinigo Gaona

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Justicia Electoral, República del Paraguay

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Última modificación: 16/02/2010 09:22:22. 985536

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