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Asunción, 14 de febrero de 2008.

ELECCIONES PRESIDENCIALES 2008

 TEC DENEGÓ APELACIÓN PRESENTADA POR EL PPS

  • Por AI Nº 237 del TEC Primera sala, de conformidad al artículo 15 inc. e) de la Ley 635/95.
  • La acción fue promovida por el senador nacional Dr. Carlos Filizzola del PPS.

El Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala rechazó la apelación planteada por el Partido País Solidario, por no cumplir con la exigencia  para la admisión de nulidad intentada por estos sectores políticos conforme al artículo 15 inc. e) de la Ley 635/95 según la cual; la inscripción de candidaturas a cargos  electivos nacionales y departamentales es de competencia exclusiva del Tribunal Electoral de la Capital, vale decir que su decisión es irrecurrible. El organismo del fuero electoral mencionado, está integrado por los magistrados Gilberto Aníbal Meza, Blas Neri Fleitas y Patricia Blasco.

 ANTECEDENTES:

El 04 de febrero de 2008 el Partido País Solidario (PPS), solicitó ante el Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala la impugnación de la candidatura de Oscar Nicanor Duarte Frutos, candidato a senador por la ANR.

El 06 de febrero, los líderes del Partido Patria Querida, diputados Sebastián Acha, Héctor Lacognata y otros miembros del sector político presentaron el pedido de impugnación de las candidaturas de los señores Oscar Nicanor Duarte Frutos y Francisco Oviedo Brítez, postulados por la Asociación Nacional Republicana para los cargos de Senador Nº 1 y Parlamentario Titular Nº 4 del MERCOSUR respectivamente.

EL 12 de febrero de 2008 el Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala dictó el AI Nº 192, por el cual se resolvió “NO HACER LUGAR a las impugnaciones deducidas por los Partidos País Solidario y Patria Querida en contra de la candidatura del señor Oscar Nicanor Duarte Frutos al cargo de Senador Nacional Nº 01 titular, por la ANR (Partido Colorado)”.

El 13 de febrero de 2008, Elvio Cousirat, representante del Partido País Solidario, interpuso recurso de apelación contra el AI 192 emitido por la instancia judicial.

El 13 de febrero, por Auto Interlocutorio Nº 237 el TEC rechazó esa petición.

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