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URNAS ELECTRÓNICAS DEMOSTRARON
FIABILIDAD
A
través de las auditorías realizadas de forma paralela e idéntica
a las elecciones municipales.
Con respecto a las auditorías realizadas a 60
urnas electrónicas sorteadas para su verificación en los mismos
locales electorales, informó que las pruebas fueron superadas
sin dificultad, debido a que no hubo ni un solo voto de
diferencia entre el acta de escrutinio y los denominados “votos
cantados”.
De esta manera se cumplió con el artículo 7º de
la Ley 3017 que establece auditarlas antes, durante y después de
las elecciones. La Resolución Nº 125/2006 del Tribunal Superior
de Justicia Electoral determinó los locales de votación en los
cuales se auditarán auditorías a las urnas electrónicas. Las
mesas electorales de estos locales fueron sometidas a un sorteo
del que resultados las urnas a ser controladas.
Tampoco hubo diferencias en las 15 máquinas
controladas en la sede central de la Justicia Electoral.
Estas últimas fueron administradas por
universitarios de las universidades Nacional y Católica,
fiscalizadas por apoderados informáticos y partidarios y
grabadas a través de circuito cerrado de televisión desde su
inicio, a las 06:00, hasta su finalización, a las 17:00. Se
ejecutaron en un lugar accesible a los interesados y en
presencia permanente e ininterrumpida de los comunicadores de
prensa.
Lo que resta por ejecutar son las auditorías
post eleccionarias, próximas a arrancar.
Artículo 7º de la Ley 3017/2006, sancionada por
el Congreso Nacional en el mes de setiembre pasado:
“Veinticuatro horas antes al día de realización
de las elecciones, el Tribunal Superior de Justicia Electoral
realizará la selección de las mesas electorales, cuyas urnas
serán auditadas durante el día de los comicios. Dicha
selección se efectuará a través de un sorteo realizado en
presencia de los apoderados generales y apoderados
informáticos de los partidos y movimientos políticos que
participarán en los comicios y afectará al menos al 1% del
total de las mesas electorales de todo el país”.
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