TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL

Resolución TSJE Nº 59/2009

Asunción, 28 de diciembre de 2009

VISTO: Lo dispuesto en el TÍTULO XI DE LAS FERIAS JUDICIALES de la Ley 879 “Código de Organización Judicial”, que en su artículo 362, dispone: “Se establece el mes de enero como Feria Judicial”; y,

C O N S I D E R A N D O:

QUE la Justicia Electoral cumple funciones jurisdiccionales, administrativas y electorales, y en tal carácter es necesario fijar normas de funcionamiento para la misma durante el mes de enero del año dos mil diez.

QUE en cuanto a la función jurisdiccional, debe ajustarse al sistema establecido por la Justicia Ordinaria en lo referente a la Feria Judicial.

QUE de conformidad al artículo 363 del Código de Organización Judicial, es necesario establecer la forma que debe atenderse durante la Feria Judicial el despacho de los asuntos urgentes, según las normas procesales.

QUE a tal fin, los Tribunales y Juzgados establecerán en Resolución particular la nómina de magistrados y funcionarios que atenderán durante la Feria Judicial.
QUE los artículos 140 y 144 de la Ley 834, establecidos por imperio de la Ley 2858/2006, disponen cursos de acción para el Registro Electoral durante el mes de enero, que determinan la imposibilidad de licenciar durante dicho mes a los funcionarios del área electoral.

QUE en atención de las disposiciones establecidas en el artículo 6, inciso u) de la Ley 635 “Que reglamenta la Justicia Electoral”, corresponde tomar las providencias administrativas pertinentes.

POR TANTO, el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL-

R E S U E L V E:

  1. DISPONER el régimen de Feria Judicial durante el mes de enero de dos mil diez, para los Ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, Tribunales y Juzgados Electorales y funcionarios judiciales en general.
  2. EXTENDER el alcance de la Feria Judicial al área administrativa de la Institución, debiendo ser imputada a las vacaciones correspondientes de los funcionarios.
  3. DISPONER que cada despacho y dependencia designe funcionarios de guardia durante la Feria Judicial.
  4. EXCEPTUAR a la Dirección General del Registro Electoral y a las oficinas distritales de toda la República.
  5. SUSPENDER durante la Feria Judicial todos los plazos procesales, salvo aquellos referentes a las medidas de urgencia y peticiones de amparo.
  6. ESTABLECER como horario de atención al público durante la Feria Judicial de 8:00 a 10:00., de lunes a viernes.
  7. DISPONERque los Tribunales Electorales de toda la República designen a los magistrados y funcionarios que atenderán durante la Feria Judicial en sus respectivas jurisdicciones, e informen a este Tribunal Superior.
  8. ENCARGAR la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia Electoral, a la Vicepresidenta del Tribunal Superior de Justicia Electoral, Abog. Myriam Concepción Cristaldo, desde el 4 de enero de 2010, y mientras dure la ausencia del Ministro Juan Manuel Morales.---
  9. INTEGRAR el Tribunal Superior de Justicia Electoral con el Abog. Cenen Luís Casco Oviedo, Miembro del Tribunal Electoral de la Circunscripción Judicial de Guairá, mientras dure la ausencia del Dr. Juan Manuel Morales.
  10. DESIGNAR como Miembros de Feria del Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala, al Abog. Blas Neri Fleitas Rotela, desde el 1 al 15 de enero de 2010, al Abog. Gilberto Aníbal Meza, desde el 16 al 31 de enero de 2010; como Miembros de Feria del Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala, a la Abog. Gladys Susi Lahaye de León, desde el 1 al 15 de enero de 2010, al Abog. Pedro Alejandro Daniel Herrera Duarte, desde el 16 al 31 de enero de 2010; como Jueces de Feria del Juzgado Electoral de la Capital del Primer y Segundo Turno, al Abog. Alcides Braulio Bobadilla Sandoval, Juez Electoral de la Circunscripción Judicial de Areguá, desde el 1 al 15 de enero de 2010 y al Abog. Ariel Teodoro Romero Orué, Juez Electoral de la Circunscripción Judicial de Paraguari, desde el 16 al 31 de enero de 2010.
  11. COMUNICAR a la Dirección de Recursos Humanos con cargo de poner a conocimiento de todos los Tribunales y Juzgados Electorales de la República, y a quienes corresponda.

 

LB/hm

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