La Fiscala Liz Pérez Idoyaga apuntó que este tipo de actos son parte de una campaña con fines obviamente políticos, y con miras a unas próximas elecciones, para las cuales ni siquiera hay fecha aún.
Tras una serie de denuncias recibidas en la Fiscalía Electoral, acerca de una pre-campaña electoral realizada desde distintos sectores políticos, con miras a las municipales del próximo año; están programadas varias jornadas en las cuales se procederá a retirar, borrar o repintar leyendas que puedan estar exhibidas en murales u otros sitios. El procedimiento arrancó hoy en las inmediaciones de Chóferes del Chaco y San Alfonso, con un mural alusivo al Movimiento del Sr. Dany Durand.
La comitiva encargada estuvo encabezada por la representante del Ministerio Público, Abog. Liz Pérez Idoyaga, con el apoyo de efectivos policiales de la Comisaría 6ª Metropolitana.
La Fiscala apuntó que este tipo de actos son parte de una campaña con fines obviamente políticos, con miras a unas próximas elecciones, para las cuales ni siquiera hay fecha aún, lo que hace que vayan completamente en contra de lo establecido en el artículo 290 de Ley 834 del Código Electoral.
“Se entiende por propaganda electoral todo lo que esté expuesto en la vía pública, más allá de que se pueda alegar que es propiedad privada; es igual, está expuesta en la vía pública”, puntualizó. “Es una cuestión que está a sabiendas de la gente que practica el ejercicio de la política, se encuentra completamente a destiempo”, afirmó.
Acto seguido, la misma explicó que si bien es cierto, no hay una sanción específica, pero existe un artículo que prohíbe taxativamente la realización de propaganda electoral fuera de tiempo y esta gente debe saber que está en contravención con este artículo. Sin embargo, se están generando advertencias y oficios que serán aplicados a todas las nucleaciones políticas.
Este procedimiento llevará sus días, ya que la Comitiva Fiscal estará recorriendo puntos de la capital donde se perciban este tipo de infracciones y que cada Fiscalía empleará el mismo procedimiento en su jurisdicción correspondiente.
Sobre el asunto, el artículo 290 de Ley 834 del Código Electoral establece que se entiende por propaganda electoral la exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, pintadas, afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos. A su vez refiere que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de 60 días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral.

Jueves, 01 00:00:00 de octubre Capacitadores electorales asisten a jóvenes estudiantes brindando charlas formativas. Viernes, 25 00:00:00 de setiembre Magistrados del país eligieron a las nuevas autoridades de su Asociación. Miercoles, 23 00:00:00 de setiembre “Encontré una de las mejores organizaciones con la que cuenta el Paraguay”. Lunes, 21 00:00:00 de setiembre Comitiva Electoral desarrolló actividades en el departamento de Caazapá.
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Última modificación: 23/09/2011 15:18:04. 1735157